Para garantizar la responsabilidad de los productos que llegan a las mesas de los consumidores, el gobierno federal está adoptando normas más severas en relación con el medio ambiente.
El Decreto nº 12.189, publicado el 20 de septiembre de 2024, modifica el Decreto nº 6.514/2008 e introduce un conjunto de normas más rígidas para la investigación de infracciones y la aplicación de sanciones administrativas ambientales.
Entre los principales cambios, destacan la creación de disposiciones que permiten la imposición de multas más elevadas, así como la aplicación de penalidades duplicadas en situaciones específicas, incluyendo el incumplimiento de órdenes judiciales de recuperación de áreas degradadas.
¿Qué cambia en la práctica?
Una de las inclusiones más controvertidas del decreto fue la de previsiones que amplían la posibilidad de embargo de áreas por conjuntos de polígonos (áreas embargadas mediante herramientas de geoprocesamiento) y endurecen las sanciones pecuniarias.
En resumen, el gobierno podrá impedir actividades económicas con más facilidad que antes, lo que exige una atención redoblada por parte de las empresas que desean operar en áreas protegidas.
El texto también prevé multas para quien deje de reparar, compensar o indemnizar posibles daños ambientales, con valores que pueden alcanzar los R$ 50 millones en los casos más graves. La aplicación de las penalidades puede duplicarse conforme a hipótesis determinadas por el propio acto normativo.
Con ello, el poder público adopta una posición de mayor presión de fiscalización. Para ello, sus herramientas administrativas se han ampliado para garantizar que todas las normas de cumplimiento se lleven a cabo adecuadamente.
Sector presiona al gobierno sobre la legislación
En mayo de 2025, la Confederación de la Agricultura y Ganadería de Brasil (CNA) presentó ante el Supremo Tribunal Federal (STF) una solicitud de medida cautelar contra determinados dispositivos legales utilizados para aplicar sanciones administrativas. La CNA alega que se están adoptando medidas sin la debida defensa previa, además de permitir embargos indiscriminados que pueden afectar a propietarios que no han cometido infracciones.
Incendios criminales o fenómenos naturales, si ocurren poco antes de la fiscalización, también pueden servir como pretexto para la aplicación de sanciones. Esto, según la organización, aumenta el riesgo de violación de garantías constitucionales, además de incrementar la inseguridad para la producción rural.
Instrumentos para evitar la infracción ambiental
El nuevo marco regulatorio del agronegocio señala un giro hacia una postura más preventiva por parte del Estado, con castigos que pueden desalentar las infracciones ambientales y acelerar las reparaciones.
Al mismo tiempo, enciende alertas sobre los riesgos de una aplicación indiscriminada y sobre la necesidad de combinar el rigor sancionador con apoyo técnico y programas que hagan posible la recuperación efectiva de las áreas afectadas —por ejemplo, mediante bancos de proyectos, capacitación técnica y líneas de financiación para la recuperación y la prevención de incendios y desmatamientos.
El sitio del Ibama dispone de una lista que define procesos autorizados (o no) de degradación, alteración o supresión de la vegetación, así como los dispositivos legales vinculados a cada uno de ellos.
Mantener el Cadastro Ambiental Rural (CAR) actualizado, adoptar sistemas de gestión que monitoreen obligaciones legales y ambientales y realizar auditorías ambientales regulares puede ayudar en la obtención de certificaciones y en la negociación con compradores internacionales, además de aportar mayor confianza ante las autoridades.
Referencias:
https://www.planalto.gov.br/CCIVIL_03/_Ato2023-2026/2024/Decreto/D12189.htm
https://www.gov.br/ibama/pt-br/assuntos/biodiversidade/recuperacao-ambiental